
Más claro imposible: todas tenemos derecho humano al agua, porque sin agua no hay ni vida ni derechos. En el acceso al líquido que cubre y atraviesa la superficie del planeta están cifrados muchísimos otros derechos que tenemos: a la salud, a la alimentación, al medio ambiente sano. Aprovechamos este Día mundial del agua para recordar cómo se ve ese derecho en concreto y cómo sostiene todas las garantías individuales.
El derecho humano al agua está consagrado en el artículo 4 constitucional, en el que se establecen las garantías individuales de los mexicanos. Ahí se estipula que, para que se cumpla esa provisión, el agua debe de ser suficiente, salubre, aceptable y asequible. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha explicado en qué se traducen esas características que mandata la Carta Magna.
Según el máximo tribunal del país el agua debe ser:
– Suficiente y continua para beber, lavar ropa y trastes, asearse y limpiar el hogar.
– Salubre, es decir, que no haga daño y no tenga microorganismos dañinos, ni sustancias químicas, ni radiactivas que nos lastimen.
– Aceptable para cada uso personal en su color, olor y sabor.
– Asequible para todas y ofrecerse en forma gratuita o, por lo menos, costeable.
Si esos derechos no se cumplen, entonces el resto de los derechos se vienen abajo en cadena. El derecho humano al agua es, así, la piedra de toque del derecho a disfrutar el mundo en libertad y con seguridad.
¿Cómo se puede ver cumplido el derecho a la salud si no se tiene agua limpia para beber, o sin poder lavarse y mantener limpia la propia casa? Tampoco se puede comer sin agua para lavar y cocer alimentos, sin agua para acompañarlos, sin arroyos para producirlos. Mucho menos puede verse cumplido en los hechos el derecho a un medio ambiente sano, porque el agua sostiene a todas las formas de vida que animan la tierra y si está contaminada, si deja de fluir, el ecosistema mismo se colapsa.