- Se terminan las instancias jurisdiccionales para Desarrollos Punta La Paz.
- Paraíso del Mar actualmente no cuenta con autorización de impacto ambiental y opera de manera ilegal.
- Piden el CEMDA y AICMMARH, A.C. a Profepa clausure y a Semarnat cumpla sentencia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
13 de marzo de 2012, La Paz, B.C.S.
Para publicación inmediata.
La empresa Desarrollos Punta La Paz S. de R.L. de C.V. perdió la última instancia legal para defender su proyecto “Paraíso del Mar”, derivado de la resolución al juicio de amparo en revisión 404/2011 por parte del Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región en apoyo del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
El desarrollo Paraíso del Mar contemplaba la urbanización de 504 hectáreas (has) con 2.050 cuartos hoteleros, más de 4.000 viviendas, 2 campos de golf de 18 hoyos y una marina exterior con capacidad para 535 embarcaciones, todo en la barra arenosa conocida como “el Mogote” frente al malecón costero de la Ciudad de La Paz, Baja California Sur.
Como antecedente de este revés legal, ya se contaba con el desistimiento de autorización en materia de impacto ambiental a su camino de acceso en Noviembre del 2008[1], obra que fue presentada por la empresa Urbanizadora Gema S.A. de C.V. como externa al desarrollo principal y misma que fue clausurada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en 2011, precisamente por operar sin autorización.
En agosto de 2010 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) resolvió[2] que la autorización ambiental del complejo turístico es ilegal, obligando a que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitiera un nuevo dictamen que retome los puntos de la sentencia del Tribunal Federal, entre ellos que el proyecto se realiza en una zona forestal vedada y que en su operacióntransgrede lo previsto por la NOM-022-SEMARNAT-2003 al talar una hectárea de Manglar y establecerse sobre este ecosistema.
“La sentencia del Tribunal Colegiado sólo reafirma lo que se ha venido fundamentando desde el primer recurso en el 2005: que la Semarnat omitió aspectos legales vinculantes al autorizar el proyecto, por lo que este final no es algo que venga de la nada. Esperamos que en esta segunda ocasión la Profepa sí tenga injerencia y no suceda como en 2010 cuando se tuvo conocimiento del dicho del TFJFA, y tanto la Procuraduría como la Semarnat se avocaron a la defensa[3] de un resolutivo que ya no tenía vida jurídica” opinó Mario Sánchez, abogado del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA).
Y es que uno de los argumentos por los que el proyecto de Desarrollos Punta La Paz fue declarado nulo en 2010 recae en la existencia de una zona forestal vedada que deriva de un Decreto Presidencial de 1938, argumento hecho valer en la negativa de la Semarnat a la solicitud de cambio de uso de suelo[4] del proyecto ENTREMARES en 2011. Este último fue promovido por el Fideicomiso F/934 del Deutsche Bank México que desde su presentación enfrentó un par de litigios en el TFJFA similares al de Paraíso del Mar del cual es vecino de predio.
“Contamos con estudios científicos en donde se demuestra que la Ensenada de La Paz es una laguna de desarrollo para madres con crías de delfines costeros, conocidos como Tursiones (Tursiops truncatus). La zona del canal con mayor presencia y actividad de estos mamíferos marinos y es parte de su hábitat crítico es precisamente la elegida por el proyecto para la construcción su marina, que ya cuenta con un muelle para 50 embarcaciones. Los tursiones son una especie muy sensible al ruido y nunca se evaluó el impacto que este dragado les pudo causar”, comentó la Dra. Rocío Marcín Medina directora de la Asociación de Investigación y Conservación de Mamíferos Marinos y su Hábitat (AICMMARH, A.C.)
Con esta sentencia, Desarrollos Punta La Paz se queda sin instancias legales a las cuales acudir, por lo cual el CEMDA y AICMMARH, A.C. esperan que la Profepa actúe de inmediato y clausure Paraíso del Mar, que actualmente opera sin autorización y de forma ilegal. De la misma forma, quedan en espera de que la Semarnat cumpla con la obligación que le fue impuesta por la el TFJFA desde agosto de 2010.
[1] Oficio SEMARNAT-BCS.02.01.490/08 de fecha 03 de Junio de 2011
[2] Resolución de 03 de Agosto de 2010 al expediente 32183/06-17-11-3 por la Decimo Primera Sala Regional Metropolitana del TFJFA.
[3] Oficio S.G.P.A./DGIRA/DG/0998-11 de fecha 11 de Febrero de 2011
[4] Oficio SEMARNAT-BCS.02.02.0604/11 de fecha 03 de Junio de 2011.
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