Pide sociedad civil al Senado discutir y aprobar la iniciativa que incorpora la Evaluación Ambiental Estratégica en la política ambiental

  

   
 
  • Este instrumento ayudaría a evaluar de manera previa las implicaciones ambientales de proyectos de obras y actividades en los planes y programas gubernamentales, y determinar si se pueden llevar a cabo.
  • Su aprobación sería un primer paso para avanzar hacia una revisión integral de todo el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA).
 
Organizaciones de la sociedad civil que trabajan por la defensa del medio ambiente consideran muy positiva la iniciativa presentada en el Senado de la República para incluir la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) como un instrumento de la política ambiental, pues ello permitiría evaluar de manera previa los proyectos de obras y actividades en los planes y programas gubernamentales que pudieran provocar impactos ambientales significativos o graves, y determinar si se pueden llevar a cabo.
 
El pasado 18 de septiembre se publicó en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual tiene por objeto incluir a la Evaluación Ambiental Estratégica dentro de los instrumentos de la política ambiental, siendo turnada a las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos[1].
 
Cabe destacar que dicha iniciativa toma como base la segunda propuesta del documento titulado Propuestas de Reformas y Adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para mejorar el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Federal en México, el cual fue elaborado por las organizaciones Alcosta Alianza para la Sustentabilidad del Noroeste Costero, A. C.; Causa Natura, A. C.; Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda); Defensa Ambiental del Noroeste, A. C. (DAN); Fundar, Centro de Análisis e Investigación y Vo.Bo. Asesores Integrales, S.C.
 
La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)[2] es un procedimiento administrativo a través del cual, la autoridad competente evalúa de manera previa los proyectos de obras y actividades que pudieran provocar impactos ambientales significativos o graves. Con base en ella determina si autoriza, condiciona o niega su realización. Sin embargo, hoy en día la EIA presenta una serie de deficiencias y limitaciones que afectan la aplicación del instrumento, así como el cumplimiento de su objeto. Una de dichas deficiencias es la inexistencia de un procedimiento de evaluación de las implicaciones ambientales de los planes y programas gubernamentales, generalmente conocida como Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), la cual evitaría que se tuvieran que resolver en lo individual las EIA de todas las obras o actividades correspondientes; situación que tiene saturado al instrumento.
Entre los puntos relevantes que se contemplan en la mencionada Iniciativa, destacan los siguientes:
  1. Al tratarse de un instrumento que evalúa los posibles impactos ambientales desde la formulación y actualización de los programas de la Administración Pública Federal, quita presión a la Evaluación del Impacto Ambiental que se lleva a cabo para cada proyecto de obra o actividad;
  2. Faculta a los tres órdenes de gobierno para llevar a cabo la EAE de los programas de su competencia;
  3. Se exceptúa de la EAE a los programas en materia de seguridad nacional y defensa nacional;
  4. Cuando la dependencia o entidad promotora del proyecto no se ajuste al dictamen preliminar emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), dicho proyecto deberá ser sometido a un Comité de EAE, integrado, entre otros, por representantes de instituciones académicas o científicas, organizaciones sociales y del sector empresarial; y
  5. Prevé mecanismos para la publicitación y difusión de los proyectos de programas y su proceso de EAE, así como la realización de foros de consulta en los que los promoventes expliquen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y las medidas que se adoptarán para prevenirlos, mitigarlos o, en su caso, restaurarlos o compensarlos.

Prevé mecanismos para la publicitación y difusión de los proyectos de programas y su proceso de EAE, así como la realización de foros de consulta en los que los promoventes expliquen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y las medidas que se adoptarán para prevenirlos, mitigarlos o, en su caso, restaurarlos o compensarlos.

Cabe señalar que la figura de la Evaluación Ambiental Estratégica no es exclusiva del ordenamiento jurídico mexicano. En la Unión Europea, la Directiva 2001/42/CE estableció desde hace más de dos décadas la obligación de someter a evaluación ambiental determinados planes y programas públicos. Los Estados miembros han transpuesto dicha directiva adaptándola a sus propios marcos normativos, lo cual ha generado un acervo considerable de experiencias en cuanto al alcance sectorial de la evaluación, los mecanismos de participación ciudadana y la articulación entre la evaluación estratégica y la evaluación por proyecto individual.

En algunos países, la implementación de la directiva ha suscitado debates sobre qué sectores económicos deben quedar comprendidos dentro de los planes sujetos a evaluación. En la República Checa, por ejemplo, la transposición dio lugar a discusiones sobre la cobertura sectorial del instrumento, particularmente respecto de actividades cuyo impacto ambiental se manifiesta principalmente a través del consumo energético. Proveedores de servicios digitales, operadores del mercado de online casino cz, centros de datos y empresas de telecomunicaciones figuraron entre los sectores cuya huella ambiental — derivada de la infraestructura de servidores y de la demanda eléctrica continua — fue analizada en el contexto de la ampliación de los marcos de evaluación.

Estas experiencias internacionales sugieren que los instrumentos de evaluación ambiental estratégica tienden a ser más eficaces cuando contemplan el conjunto de las actividades económicas con impacto ambiental significativo, y no únicamente los proyectos de infraestructura física convencional. La transición hacia economías cada vez más digitalizadas plantea retos nuevos que los marcos normativos de varios países apenas comienzan a abordar.

Para México, el estudio de estos precedentes podría enriquecer la discusión legislativa en torno a la iniciativa de EAE, particularmente en lo que se refiere a la definición del ámbito de aplicación del instrumento y a los mecanismos de participación del sector privado en el proceso de evaluación. La experiencia checa, entre otras, ilustra que la definición de sectores sujetos a evaluación es una decisión política tanto como técnica, y que el criterio de consumo energético puede servir como umbral funcional para integrar actividades no tradicionales.

La discusión y aprobación de esta iniciativa por parte de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, así como por el pleno del Senado de la República constituiría un paso adelante para contribuir a reducir los impactos negativos que las obras y proyectos gubernamentales ocasionan en contra de los ecosistemas naturales. De igual forma, las organizaciones reiteraron que es urgente ir más allá y llevar a cabo una revisión integral de todo el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA), toda vez es un instrumento que actualmente resulta insuficiente para prevenir y mitigar las afectaciones que el desarrollo está ocasionando al medio ambiente.

[2] En México, la EIA se encuentra prevista, a nivel federal, en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como en su Reglamento.