- Se da a conocer hoy el Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos
- Manifiesta preocupación por crecientes tensiones entre actores externos y pueblos indígenas asociados a la explotación de recursos naturales
El día de hoy el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD por sus siglas en inglés) de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos dio a conocer sus recomendaciones al Estado mexicano, en las cuales expresa su preocupación por las violaciones a derechos humanos de los pueblos indígenas, incluyendo aspectos como la violación al derecho al consentimiento libre, previo e informado, hasta los atentados en contra de la integridad física de defensores.
El Comité expresó “gran preocupación” por los homicidios de defensores de los derechos de los pueblos indígenas y recomendó al Estado mexicano investigar y sancionar a los responsables. De igual forma, lo exhorta a acelerar el proceso de adopción de legislación específica que garantice la protección de los defensores de los derechos humanos.
Por otra parte, en lo que se refiere al Sistema de Consulta Indígena con el que cuenta la Comisión Nacional para el Desarrollo de Pueblos Indígenas, el Comité destacó el hecho de que éste no contempla la figura del consentimiento libre, previo e informado.
En ese sentido, el Comité destaca “las crecientes tensiones entre actores externos y pueblos indígenas asociados a la explotación de recursos naturales destacando en particular los casos de explotación minera”. Reitera asimismo su preocupación “ante informaciones de conflictos sobre tierras históricamente propiedad de los pueblos indígenas y porque, en la práctica, el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados antes de que se proceda a la explotación de los recursos naturales en sus territorios, no se respeta plenamente”.
Lo anterior se relaciona claramente con casos como el de Wirikuta, territorio sagrado del pueblo huichol, en San Luis Potosí, donde el Estado mexicano ha otorgado concesiones para explotación minera que ponen en riesgo el patrimonio cultural, ambiental y social de esta comunidad.
El Comité manifiesta tener conocimiento de la existencia de tres iniciativas de ley en la materia, pero “lamenta no haber recibido información detallada sobre las mismas”. Igualmente, expresa la necesidad de que el Estado mexicano lleve a cabo medidas
administrativas para garantizar formas tradicionales de tenencia y posesión de la tierra.
Las recomendaciones que el Comité realiza al Estado mexicano son:
a) Se asegure que se estén llevando a cabo consultas efectivas en cada etapa del proceso con las comunidades que puedan verse afectadas por proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales con el objetivo de obtener su consentimiento libre, previo e informado, particularmente en los casos de explotación minera. Recomienda también que se haga lo posible por acelerar el proceso de adopción de una ley en la materia;
b) Se intensifiquen las mesas de diálogo donde representantes gubernamentales participen activamente en diferentes espacios de interlocución con los pueblos indígenas, garantizando que en las mismas se produzcan acuerdos concretos, viables y verificables, que sean efectivamente implementados. Asimismo, recomienda que se favorezcan los métodos alternos de resolución de conflictos de acuerdo con los estándares internacionales en materia de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas;
c) Se vele por el respeto de las disposiciones recogidas en estándares internacionales en los casos excepcionales en que se considere necesario el traslado y el reasentamiento de los pueblos indígenas. En este sentido, solicita al Estado mexicano que incluya información en su próximo informe periódico sobre pueblos indígenas y tenencia de la tierra, particularmente en los casos donde se busca explotar los recursos naturales en ellas.
AQUÍ SE PUEDE CONSULTAR EL INFORME COMPLETO
http://www2.ohchr.org/english/bodies/cerd/docs/CERD.C.MEX.CO.16-17_sp.pdf
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