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Norma Emergente, medida positiva que requiere coordinación eficaz y política integral de movilidad

 
  • Es un avance que sea de carácter obligatorio para todas las entidades de la Megalópolis y no únicamente para la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
  • Pendientes acciones fundamentales del gobierno federal como la distribución de combustibles limpios en todo el territorio nacional y la actualización de las normas de control de emisiones para vehículos nuevos (privados y de carga), así como las normas de salud.
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) considera un paso positivo la publicación de la Norma Emergente 167 (NOM-EM-167-SEMARNAT-2016)[1] que establece nuevos niveles de emisión de contaminantes para las entidades que integran la Megalópolis, la cual debe ser acompañada de una política integral de movilidad sustentable, ordenamiento urbano y mejoramiento de la calidad del aire, puesto que, de ser implementada de forma aislada, no podrá solucionar el problema de fondo.

Entre los aspectos positivos a destacar se encuentran: a) Incluye de forma obligatoria a todos los estados de la República que integran la Megalópolis (Ciudad de México, Estado de México, Morelos, Puebla, Hidalgo y Tlaxcala); b) Fija límites máximos permisibles de emisión más estrictos a los previstos en la normatividad vigente tanto para vehículos a gasolina, a Diésel como a gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos; c) Establece sistemas de diagnóstico a bordo (sistemas OBDII, EOBD o similares) para la medición de las emisiones, los cuales excluyen la intervención discrecional de los técnicos verificadores para otorgar la aprobación y, por ende, reducen las posibilidades de corrupción; d) Contempla la posibilidad de que los vehículos automotores nuevos (modelo 2016 y posteriores) que cumplan con los requisitos señalados por la norma, exenten la verificación vehicular obligatoria hasta por un periodo de cuatro años. Esto constituye un incentivo para la renovación de la flota vehicular por tecnologías más limpias que contribuyan a reducir las emisiones contaminantes; e) Incorpora la obligatoriedad de que los vehículos de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo de otras entidades que circulen por las entidades en las que aplicará la Norma, realicen también la verificación correspondiente.

Gustavo Alanis, fundador y director general del CEMDA, señaló que “es importante resaltar que la Norma Emergente 167, como una acción aislada, no resolverá el problema de la mala calidad del aire que se ha agravado en los últimos meses en la ZMVM. Es urgente que se implementen acciones integradas de política pública, con una visión de largo plazo que incluyan, entre otras, esquemas de incentivos para la renovación y mejoramiento del servicio transporte público; la actualización de las normas de vehículos nuevos, como la 042 y 044, así como las de salud; y que se garantice el abastecimiento de combustibles limpios en todo el país”.

Resulta relevante también que en los Considerandos, la Norma 167 reconoce que tanto los compuestos orgánicos volátiles como los óxidos de nitrógeno (NOx), son los principales precursores de ozono “que en su mayoría provienen de los vehículos en circulación”. Asimismo, establece que “las fuentes móviles contribuyen con el 80% del total de las emisiones de óxido de nitrógenos calculadas y con el 32% del total de las emisiones de los compuestos orgánicos volátiles […]. En cuanto a las partículas suspendidas PM2.5, señala que “éstas provienen principalmente de los procesos de combustión y que, tratándose de los vehículos en circulación, los que utilizan Diésel como combustible son la principal fuente de emisión de dichas partículas”.

Esto reafirma lo que CEMDA ha venido insistiendo desde hace una década en torno a la gravedad de las emisiones contaminantes por Diésel y sobre la urgencia de que Petróleos Mexicanos (Pemex) cumpla con la distribución del Diésel de Ultra Bajo Azufre (UBA) en todo el territorio nacional. Actualmente, el Diésel que utiliza la mayor parte del trasporte pesado (autobuses de pasajeros y camiones de carga) en México tiene concentraciones de entre 300 y 500 partes por millón de azufre, siendo responsable del 80% de las emisiones de PM2.5 a nivel nacional.

“Lo importante a resguardar -finalizó Alanis Ortega- es la salud de las personas y la calidad de vida de los mexicanos, por lo que la obligación del Estado es garantizar nuestro derecho a un medio ambiente sano, la cual incluye nuestro derecho a respirar aire limpio”.

 

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