Ordena la Suprema Corte de Justicia proteger los arrecifes y humedales veracruzanos

Ordena la Suprema Corte de Justicia proteger los arrecifes y humedales veracruzanos

● Determina de manera unánime en su sentencia que las autoridades violaron el derecho al medio ambiente sano de los veracruzanos al autorizar la ampliación del Puerto de Veracruz.
● Las autoridades ambientales no utilizaron la mejor información científica; tampoco analizaron la expansión portuaria de manera integral ni mucho menos consideraron todos sus impactos.
● El fallo implica que las autorizaciones para el proyecto quedan infundadas y que sus impactos deben evaluarse nuevamente, esta vez de manera integral, para determinar la viabilidad de la obra.

Este miércoles 9 de febrero, residentes veracruzanos lograron una victoria ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una acción de amparo interpuesta para defender el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) y sus servicios ambientales frente al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz.
Por unanimidad, las y los ministros que integran la Primera Sala de la Suprema Corte votaron a favor del proyecto de sentencia que protege los arrecifes veracruzanos y que transforma la manera como opera el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Está decisión apuntala la protección al derecho al medio ambiente sano que viene haciendo la Suprema Corte y, sobre todo, cambiará la manera en que las autoridades ambientales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental.

La Corte sostuvo que “la protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación de este ecosistema y, en términos de la normativa citada, cualquier análisis que se haga con relación a los humedales debe guiarse por un criterio de máxima precaución y prevención”.

En este sentido, señaló que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), violó el derecho al medio ambiente sano de las personas al autorizar el proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz, toda vez que “no atendió a la mejor información científica disponible; no analizó ni evaluó de manera completa cada uno de los diferentes impactos ambientales que el proyecto y su modificación podrían ocasionar, además de que el proyecto y las obras vinculadas al mismo se analizaron de manera fragmentada”. Como resultado, la SCJN ordenó dejar insubsistentes las autorizaciones para tal ampliación y volver a evaluar de manera completa, para así poder pronunciarse sobre los impactos ambientales de manera plena y determinar la consecuente viabilidad o no de la obra.

“CEMDA presentó este amparo, junto con la comunidad, para proteger y contribuir a la conservación del Sistema Arrecifal Veracruzano, así como a los arrecifes y los servicios que brindan, toda vez que son clave para el bienestar de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del río-Medellín”, explicó Xavier Martínez Esponda, Director Operativo de CEMDA.

Para el CEMDA este caso es un precedente que transformará la manera en la que la Semarnat y las autoridades estatales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental en el país. Martínez Esponda señaló que, “con esta decisión, los principios de prevención y precaución deberán arraigarse mucho más en los procesos de toma de decisiones. Asimismo, las autoridades e inversionistas deberán aprender la lección de que resulta más caro, en todos los sentidos, no presentar sus proyectos de manera completa, que cumplir en tiempo y forma con la Evaluación de Impacto Ambiental”.

El Sistema Arrecifal Veracruzano es un Parque Nacional y un humedal de importancia internacional, según la Convención Ramsar. Tiene un gran valor ambiental siendo el sistema de arrecife de mayor tamaño de la región centro del Golfo de México. Este sistema de arrecifes alberga la mayor biodiversidad de especies del oeste del Golfo de México y es, además, el hogar de varias especies protegidas, tales como la tortuga carey, la cual está en peligro crítico. El SAV contribuye también a mitigar el impacto de las olas producidas por tormentas y huracanes, fenómenos que se han incrementado en frecuencia e intensidad como consecuencia del cambio climático.

El proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz se fraguó a finales de los noventa y su ejecución incluyó planes para nuevas obras de rompeolas, canales de acceso y navegación, accesos terrestres, terminales e instalaciones portuarias. Estas obras vulnerarán arrecifes y pastos marinos en el área, pues serían impactados por el aumento de sedimentación ocasionado por las obras de construcción.

Por la importancia del caso, organizaciones internacionales de protección ambiental acompañaron el proceso. Al respecto, Alejandra Serrano Pavón, abogada de la organización internacional Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW), se interesó en el caso por la oportunidad de animar a la Corte a interpretar de manera amplia el derecho al acceso a la justicia en defensa del ambiente. ELAW presentó un escrito legal (Amicus Curiae) que apoya el amparo, a través del cual brindó ejemplos de diversos países alrededor del mundo que reconocen una amplia interpretación de este derecho, el cual permite a “cualquier organización de la sociedad civil o, al menos residentes de un lugar, entablar una acción judicial para proteger al medio ambiente”.

Las organizaciones internacionales Earthjustice y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), también entregaron de manera conjunta a la Suprema Corte un escrito legal de apoyo al amparo. Guillermo Zuñiga, abogado colaborador de Earthjustice, enfatizó que sus vínculos con estos arrecifes son importantes y personales: “Yo crecí en Veracruz. Soy xalapeño. Esa zona me vio nacer”. Recordó “estar en ríos y playas veracruzanas, disfrutando, creciendo junto con mi familia. Yo quiero que los niños de Veracruz tengan la oportunidad de disfrutar la riqueza de biodiversidad como yo lo hice”.

Por su parte, Sandra Moguel, abogada de AIDA, enfatizó que “no es la proximidad de un proyecto lo que determina quiénes son las personas afectadas y quiénes deberían tener acceso a la justicia para defender su derecho a un medio ambiente sano”. En el escrito, AIDA explica que el derecho internacional obliga al gobierno mexicano a permitir que toda persona, cuyos derechos fundamentales sean amenazados por el daño ambiental, acceda a recursos judiciales, incluso si su conexión con el ecosistema amenazado es indirecta o remota.

Por las razones anteriormente expuestas, celebramos ampliamente esta decisión de la Primera Sala de la Suprema Corte y hacemos votos para que en el proceso de ejecución de la sentencia, la Semarnat cumpla con lo que se le ha mandado bajo el estándar más alto de protección consagrado en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú.

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